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RESUMEN DE NOTICIAS – Del 19 al 23 de agosto

Posted by: Carolina Rivera
Category: Uncategorized

Les saluda Jorge Rivera, abogado de inmigración.

Les traemos un resumen de noticias de la última semana, destacando los avances más importantes en el ámbito de inmigración. Hemos hablado de las últimas novedades sobre el parole familiar para cónyuges de ciudadanos estadounidenses, de cómo los hijastros y los viudos de ciudadanos pueden calificar para este programa, y de qué hacer si has tenido contacto con las autoridades migratorias. Todo eso y mucho más.

¿Cómo resolver tu caso de inmigración?

La primera pregunta que debes hacerte para resolver tu caso de inmigración es si has tenido algún contacto con inmigración en cualquier momento. Hay cuatro puntos de contacto con inmigración que son los más comunes:

  1. Contacto en la frontera: Si te detuvieron en la frontera, esto es un contacto con la Patrulla Fronteriza.
  2. Detención dentro del país: Si te detuvieron dentro del país, este es un contacto con ICE, el Departamento de Control de Inmigración y Aduanas.
  3. Aplicación a algún programa: Si has aplicado para algo relacionado con inmigración, como con USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos), este es otro tipo de contacto.
  4. Corte de inmigración: Si has estado en una corte de inmigración, esto también cuenta como un contacto con inmigración.

Jorge Rivera, abogado de inmigraciones, puede ayudarte a ti o a tu familiar a comenzar los primeros pasos para solucionar tu caso.

Buenas noticias sobre el parole familiar para cónyuges de ciudadanos americanos

Ahora, tenemos buenas noticias sobre el parole familiar para los cónyuges de ciudadanos estadounidenses. ¡Finalmente podemos aplicar! Esta es una excelente noticia después de meses de espera. El formulario que debe presentarse es el I-131F, y tiene un costo de $580 para ser sometido a inmigración.

Los hijastros de ciudadanos estadounidenses también tienen reglas especiales para calificar para el parole, que es la entrada legal y la posterior residencia. Un hijastro no tiene que aplicar junto a su padre o madre; solo con ser el hijastro de un ciudadano estadounidense menor de 21 años, soltero, y haberse casado antes de los 18 años, ya tiene derecho a aplicar independientemente de su padre o madre.

¿Y qué pasa con los viudos y las viudas?

Las personas que han quedado viudas o viudos también califican para el parole de los cónyuges de ciudadanos americanos. Existen excepciones especiales para los viudos y viudas de ciudadanos estadounidenses. No importa si el ciudadano estadounidense ha muerto antes o después del 17 de junio de 2024, que es la fecha crítica. Esto significa que la muerte de tu cónyuge no te descalifica de la posibilidad de aplicar.

¿Qué sucede si tienes una orden final de deportación?

Si tienes una orden final de deportación, ¡también puedes aplicar para el parole de los cónyuges de ciudadanos americanos! Esto es muy importante, así que pon mucha atención: aunque tengas una orden final de deportación, puedes someter tu solicitud a inmigración pidiendo el parole de entrada legal para los cónyuges de ciudadanos americanos. Eso sí, tendrás que demostrarle a inmigración que mereces este beneficio.

¿Ya cuentas con ayuda de tu abogado de inmigración?

Si tú o un ser querido se encuentra en una situación similar, es crucial contar con asesoría legal adecuada para navegar por estos procesos complejos. Si tienes preguntas sobre tu caso de inmigración, las peticiones familiares o necesitas ayuda para entender los pasos a seguir, no dudes en contactarme.

Author: Carolina Rivera
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